A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Javier Jesus Zapata Rivera·Demandado Inpec Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Lugar donde ocurrió amenaza o vulneración de derechos fundamentales o donde se produjeron sus efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Unitaria de Decisión Civil del Tribunal Superior de Medellín y el Juzgado Primero Penal del Circuito de Itagüí.
Para la Corte no resulta de recibo la decisión adoptada por el precitado juzgado, toda vez que ha reiterado que ninguna discusión por la aplicación o interpretación del Decreto 1382 de 2000 genera un conflicto de competencia, ni siquiera aparente, pues las únicas controversias que se originan al respecto son aquellas que surgen por la indebida aplicación del artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.
Precisa, que independientemente de la naturaleza jurídica de la entidad demandada, la competencia para conocer de la acción de tutela no se determina a través de las reglas de reparto contenidas en el primer decreto mencionado.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito de Itagüí, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar dentro de la solicitud de amparo formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 3 de mayo de 2017, proferido por el Juzgado 1deg Penal del Circuito de Itagui, dentro del expediente ICC-2965.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado 1deg Penal del Circuito de Itagui el expediente ICC-2965, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar, dentro de la accion de tutela presentada por Javier de Jesus Zapata Rivera contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, el Ministerio de Justicia y el Establecimiento Penitenciario y Carcelario La Paz de Itagui.
- TERCERO. SOLICITAR que, por Secretaria General, se comunique la decision adoptada en esta providencia a las partes y a la Sala Unitaria de Decision Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.